Convocatoria del X Premio de Investigación Antonio Estévez del Instituto de Estudios Bercianos
El Instituto de Estudios Bercianos convoca la décima edición del Premio de Investigación Antonio Estévez con el objeto de fomentar la investigación multidisciplinar que tenga como temática el Bierzo, su historia, patrimonio y cultura.
Los trabajos que se presenten deben versar sobre cualquier aspecto relacionado con el territorio del Bierzo desde el punto de vista histórico, político, jurídico, social, económico, antropológico, etnográfico, geográfico, artístico, filológico, patrimonial o de cualquier otra disciplina científica en materia social con un enfoque teórico o a partir de experiencias concretas.
El premio está dotado con 2500€ y el plazo de admisión de trabajos es hasta el 31 de agosto de 2024.
¿Quién es Antonio Estévez?
Hijo de emigrados bercianos a Brasil, nació en ese país en 1897 y con dos años regresó al Bierzo, a Valtuille de Abajo. Escritor, intelectual y anarquista fue un hombre crítico con las injusticias de su tiempo, contrario a la violencia y defensor de la educación racionalista, de la libertad y de los más humildes.
Defendió las condiciones de los trabajadores en EE.UU., denunció el asesinato de anarquistas italianos así como la situación de los bercianos oprimidos por los caciques. Este tipo de actuaciones le obligó a tener que abandonar su pueblo y su familia al inicio de la Guerra Civil. Y cuando terminó, hubo de exiliarse a Francia y a México, país este último del que ya no pudo regresar puesto que allí le sorprendió la muerte en 1960 a los 63 años.
Intelectual autodidacta, consiguió reunir en su casa de Valtuille de Abajo una interesante biblioteca. Como escritor destacan un conjunto de artículos en los que expone y defiende sus ideas libertarias y que vieron la luz en numerosas publicaciones anarquistas entre 1926 y 1936, entre las que destacan ‘La Revista Blanca’ e ‘Inquietudes’. La primera en Barcelona y la segunda en Nueva York. De esta última fue uno de sus fundadores en 1927.
Bases de la décima edición del Premio de Investigación Antonio Estévez
PRIMERA – El X Premio de Investigación “Antonio Estévez” regulado en las presentes Bases se gestionará con arreglo a los principios de publicidad, transparencia, concurrencia, objetividad, igualdad, no discriminación, eficacia y eficiencia, recogidos en la legislación vigente.
SEGUNDA – El régimen del procedimiento de concesión del Premio será el ordinario de concurrencia competitiva.
TERCERA – La obtención del Premio es incompatible con otros de naturaleza análoga concedidos por cualesquiera administraciones o entes públicos o privados, nacionales, de la Unión Europea o de organismos internacionales, respecto al trabajo premiado.
CUARTA – Podrán ser Autores de los trabajos de investigación, ya sean personas físicas o grupos de investigación bajo la coordinación de uno de sus integrantes que actuará como representante del grupo y responsable del trabajo a los efectos oportunos.
QUINTA – La solicitud de participación, junto con el resto de la documentación, habrá de entregarse en la sede del INSTITUTO DE ESTUDIOS BERCIANOS, (en adelante IEB) sito en la C/ Via Río Oza, 6 bajo 24402 Ponferrada (León) hasta el 31 de agosto de 2024.
SEXTA – La documentación a presentar en el momento de la solicitud de participación será la siguiente:
- Carta de Solicitud de participación en la correspondiente convocatoria del Premio.
- Dos Copias del trabajo de investigación en soporte papel en el que figure únicamente el título del mismo y el seudónimo bajo el que se presenta.
- Resumen del trabajo con una extensión máxima de un folio a una cara (DIN A-4 mecanografiado a 1,5 de espacio y tamaño de fuente 12) exclusivamente identificado con el título del trabajo y seudónimo.
- Soporte digital, conteniendo el trabajo de investigación, así como el resumen contemplado en la letra anterior, en el que exteriormente figure exclusivamente el título del trabajo y el seudónimo bajo el que se presenta.
- Un sobre cerrado, figurando en su exterior exclusivamente el título del trabajo y el seudónimo de su autor o autores, conteniendo en su interior los datos identificativos del autor/autores.
SÉPTIMA – Las solicitudes a las que no acompañe alguna de la documentación descrita en el punto anterior no se admitirán a trámite.
OCTAVA – Una vez producido el fallo del Jurado y elevada la propuesta de concesión del premio se requerirá a las personas interesadas, autoras de los trabajos a premiar, para que en el plazo de diez días presenten la documentación que corresponda de la descrita a continuación:
- En el caso de personas físicas, copia autenticada del DNI, pasaporte o cualquier otro documento oficial acreditativo de la identidad del autor.
- Cuando se trate de un grupo de investigación (varios autores), la documentación referida en los dos puntos anteriores deberá ser aportada para cada uno de los integrantes del mismo.
NOVENA – Toda la documentación quedará bajo la custodia de la Secretaría del Jurado.
DÉCIMA – Requisitos de los trabajos.
- Ser inédito y, por tanto, no haber sido publicado, total o parcialmente, ni haber obtenido ningún otro premio de características similares al regulado por estas Bases y por la preceptiva Convocatoria.
- No haber sido presentado a Convocatorias anteriores del Premio de Investigación “Antonio Estévez”.
- Estar redactado en castellano.
- No llevar ningún distintivo, tanto en el papel como en el documento digital, que permita la identificación de los autores o en su caso, de la Universidad, departamento o cátedra bajo cuya responsabilidad o dirección se haya podido elaborar el trabajo.
- Tener una extensión mínima de 30 páginas y máxima de 50 páginas, a una cara, tamaño de papel DIN A-4, mecanografiados a 1,5 de espacio y tamaño de fuente 12, sin contar anexos, gráficos, mapas y notas bibliográficas.
UNDÉCIMA – Cuantía del Premio. El Premio de Investigación “Antonio Estévez” está dotado con la cantidad de dos mil euros (2.000,00 €). Además, se otorgará un accésit de quinientos euros (500,00 €), y los correspondientes diplomas acreditativos de la distinción que se otorga. Las citadas cuantías podrán variar para cada convocatoria. A estos importes se les practicará la preceptiva retención a efectos del IRPF.
DUODÉCIMA – Órgano Instructor y Jurado. Corresponderá al Jurado la instrucción del procedimiento para la concesión del Premio. El Jurado tendrá como función el estudio y valoración de los trabajos presentados con el objeto de seleccionar los merecedores de ser premiados. El Jurado será designado para cada convocatoria por la Junta Directiva del IEB y estará formado por especialistas en las temáticas de los trabajos presentados en cada convocatoria.
DECIMOTERCERA – El procedimiento para la convocatoria, constitución, régimen de funcionamiento y adopción de acuerdos del Jurado se regulará por las disposiciones que a tal efecto aprueba la Junta Directiva del IEB
DECIMOCUARTA – Criterios de valoración. Serán valorados por el Jurado, como criterios en la concesión del premio, los siguientes criterios:
- Calidad y rigor científico del trabajo.
- Innovación, interés y aplicación práctica de los trabajos.
DECIMOQUINTA – Fallo Seleccionados por el Jurado los trabajos a premiar, éste emitirá su fallo y elevará propuesta de concesión al IEB. Una vez emitido el fallo y en la misma sesión del Jurado, se procederá a la apertura de los sobres referenciados en la Base SEXTA correspondientes a los trabajos a premiar.
El Jurado podrá declarar desierto el Premio, total o parcialmente, si considera que los trabajos presentados no reúnen los méritos necesarios.
El Jurado podrá declarar que dos o más trabajos obtengan ex aequo el Premio, en cuyo caso el importe total de la dotación económica del Premio se repartirá a partes iguales entre ellos, sin que en este caso se conceda el accésit.
El Jurado podrá conceder, en su caso, más de un accésit en cada convocatoria hasta un máximo de tres, atendiendo a criterios de calidad y diversidad temática de los trabajos presentados.
El fallo del Jurado será inapelable y se emitirá antes del 31 de diciembre de 2024.
DECIMOSEXTA – Resolución de concesión. Elevada la propuesta de concesión, el IEB publicitará el Acuerdo motivado de concesión basado en el propio fallo del Jurado.
DECIMOSÉPTIMA – No podrán participar para la obtención del Premio los miembros de la Junta Directiva del I.E.B. ni los integrantes de las secciones recogidas en el organigrama del Instituto así como cualquiera de sus familiares hasta el segundo grado de consanguinidad o afinidad.
DECIMOCTAVA – Aceptación de las bases e incidencias La participación en la correspondiente convocatoria supone la aceptación expresa de las presentes bases reguladoras.
El IEB informará adecuadamente de cualquier incidencia que se pudiera producir y que afecte al normal desarrollo de cada convocatoria del premio. Las incidencias que puedan presentarse y los supuestos no previstos en las presentes bases reguladoras serán resueltos por la Junta Directiva del Instituto de Estudios Bercianos
El IEB se reserva el derecho a cancelar, modificar o suspender cualquier convocatoria del Premio de Investigación “Antonio Estévez” en el caso de que no pudiera desarrollarse por fraudes detectados, errores técnicos o de cualquier otra índole que no esté bajo el control del IEB y que afecten a su normal desarrollo.
El IEB se reserva el derecho de dar de baja automáticamente a cualquier participante que defraude o altere el transcurso normal del concurso o que realice prácticas impropias en su propio beneficio, en detrimento de terceros. En el caso de que los organizadores tengan sospecha razonable de que un participante haya incurrido en fraude o deshonestidad o no cumpliera los requisitos para participar, podrán negarse a otorgar el premio, con su consiguiente expulsión inmediata de la convocatoria.
DECIMONOVENA – Nulidad de cláusulas Si cualquier cláusula de las presentes bases fuese declarada, total o parcialmente, nula o ineficaz, tal nulidad o ineficacia afectará tan sólo a dicha disposición o parte de la misma que resulte nula o ineficaz, subsistiendo en todo lo demás el resto de bases y teniéndose tal disposición o la parte de la misma que resulte afectada por no puesta, salvo que, por resultar esencial a las presentes bases, hubiese de afectarlas de forma integral.
VIGÉSIMA – Publicación de los trabajos
El IEB podrá publicar aquellos trabajos, premiados o no, cuya difusión considere de interés. Para ello se requerirá la autorización previa de su autor o representante del grupo de investigación. Previa solicitud de su autor o representante del grupo de investigación, los trabajos no premiados serán devueltos. Dicho derecho caducará a los DOCE meses contados desde el día siguiente a la publicación de la concesión del premio.
Todos los trabajos no devueltos quedarán en depósito en la sede del Instituto de Estudios Bercianos. De acuerdo con nuestra política de protección de datos de carácter personal, el IEB integrará los datos de carácter personal facilitados en ficheros automatizados de su responsabilidad, teniendo el afectado derecho de acceso y en su caso de oposición, rectificación y cancelación, en los términos previstos en la Ley Orgánica 3/2018, de 5 de diciembre, de Protección de Datos Personales y garantía de los derechos digitales, dirigiéndose al IEB, todo ello con los límites previstos en la legislación vigente sobre protección de datos de carácter personal y demás disposiciones aplicables. Salvo indicación en contra, el participante autoriza expresamente el uso y conservación de dichos datos por el IEB para usos promocionales, de publicación y de difusión del presente premio.